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1 [ARTICULO] LOS PLANES DE PENSIONES DE EMPLEO

¿Qué es un Plan de Pensiones de Empleo?

El sistema de pensiones actual se centra en 3 pilares de previsión:

 

Sistema Público de Pensiones

Asegura el bienestar básico para la población española.

Previsión Social Empresarial

Alternativa que, desde la empresa, busca fórmulas de previsión para complementar el sistema público de pensiones.

Previsión Privada

Sistema de planificación de futuro individual mediante planes de pensiones y seguros de ahorro.

 

El Plan de Pensiones de Empleo, del que eres partícipe, es por tanto un instrumento que la empresa pone a su disposición y que le ayuda a complementar su jubilación futura y le permite beneficiarse de un ahorro fiscal desde la primera aportación que usted realice al mismo.

Se trata pues de una modalidad del plan de pensiones promovido por las empresas para sus trabajadores y es el principal instrumento utilizado por éstas para externalizar sus compromisos de pensiones con sus empleados
.

Regulación y Comisión de Control

La regulación de estos planes de empleo dentro de la normativa española es muy exhaustiva ya que su funcionamiento está supervisado por la Comisión de Control del plan.

 

 

  • Esta comisión es el órgano que supervisa el funcionamiento y la ejecución del plan y está formada, de modo paritario, por representantes de la empresa y por trabajadores.
  • Existe un estricto sistema de control en el que intervienen, entre otros, profesionales independientes y la propia Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • La normativa establece, asimismo, un régimen de información a los partícipes y beneficiarios, mediante el que se les informa, entre otros aspectosdel valor de los derechos consolidados, de la rentabilidad generada y de cualquier modificación que pueda afectar al plan.

Contingencias que cubre un Plan de Pensiones de Empleo

Los planes de pensiones pueden dar cobertura a todas o a alguna de las cuatro siguientes contingencias (artículo 8.6 LPFP), en los términos previstos en sus especificaciones:

 

Jubilación del partícipe
La determina el acceso a la condición de jubilado en el sistema de Seguridad Social.

Incapacidad permanente del partícipe en sus tres grados
Total, absoluta y gran invalidez.

Muerte del partícipe o del beneficiario
La muerte del partícipe o del beneficiario, puede generar el derecho a una prestación de viudedad o de orfandad, o a una prestación en favor de otros herederos o personas designadas en el plan.

Dependencia severa o gran dependencia del partícipe,

Regulada por la Ley 39/2006.

 

También hay que incluir los siguientes supuestos, aunque no se trate de contingencias propiamente, sino situaciones excepcionales de liquidez de los derechos consolidados en el plan:

 

Enfermedad grave

Dolencia o lesión que incapacite como mínimo tres meses para la ocupación o actividad habitual. El sujeto de esta enfermedad puede ser el partícipe, el cónyuge, los ascendientes o descendientes en primer grado.

Desempleo de larga duración

Para poder beneficiarse es necesario:

  • Encontrarse en situación legal de desempleo durante 12 meses consecutivos como mínimo
  • No tener derecho a prestaciones de desempleo de nivel contributivo, o haberlas agotado
  • Estar inscrito en el Servicio Público de Ocupación Estatal (u organismo equivalente)

Elementos de los Planes de Pensiones de Empleo

En un Plan de Pensiones de Empleo encontramos 2 tipos de elementos:

Elementos personales:

Son los sujetos que intervienen en el plan:

 

Promotor

Cualquier entidad, corporación, sociedad o empresa que, ostentando la condición de ocupador (público o privado), insta a la creación del plan y participa en su desarrollo.

Partícipes

Personas físicas en cuyo interés se crea el plan, con independencia del hecho de que hagan aportaciones o no.

Beneficiarios

Personas físicas con derecho a la percepción de prestaciones, sin que importe si antes han sido partícipes o no.



Elementos patrimoniales:

Desde un punto de vista patrimonial, la participación en un plan de pensiones se puede dividir en dos fases:

 

1º El fondo de pensiones recibe aportaciones y contribuciones con la finalidad de acumular recursos.

 

2º El fondo abona las prestaciones comprometidas con el dinero acumulado.
 

 

Aportaciones y contribuciones

Son las cantidades aportadas por parte de los promotores y los partícipes al plan. Pueden ser de carácter obligatorio o voluntario.

Derechos consolidados

Son la parte de los recursos acumulados en los fondos de pensiones, como resultado de las contribuciones y las aportaciones, y del hecho de aplicar el régimen de capitalización correspondiente, que pertenece a cada partícipe. Trimestralmente los partícipes reciben el comunicado de derechos consolidados con la situación de su plan.

Prestaciones

Son el derecho económico de los beneficiarios de los planes de pensiones como resultado del hecho de una contingencia que los planes protejan.