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SEGUROS COLECTIVOS

Seguros colectivos de vida

Gestiona online tu seguro de vida colectivo, diseñado para proteger a tus empleados y a sus familias.

¿Qué te ofrecemos?

Ponemos a tu disposición un seguro de vida colectivo para proteger a las personas que forman parte de tu empresa. Esta solución ofrece una indemnización económica a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado, y en muchos casos también cubre la invalidez permanente absoluta o total, ya sea por accidente o enfermedad. 

Sabemos que cuidar de tu equipo es una prioridad, por eso te lo ponemos fácil. El seguro de vida colectivo es temporal, se contrata de forma conjunta para todos los empleados, sin necesidad de exámenes médicos y con renovación anual automática. Una solución sencilla y eficaz para proteger a tu plantilla. Y gracias a la plataforma Aporta+, tanto la empresa como cada persona asegurada pueden consultar y gestionar online sus coberturas, beneficiarios y toda la información del seguro, en tiempo real.

Ventajas

Protección económica en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

No requiere cuestionario médico ni pruebas, lo que facilita la contratación.

El asegurado cuenta con cobertura desde el inicio del contrato.

Tranquilidad para la familia del asegurado ante imprevistos.

Gestión online y segura de beneficiarios a través de Aporta+.

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Coberturas

Cobertura principal: fallecimiento.

Coberturas opcionales:

  • Invalidez permanente, en cualquier grado.
  • Fallecimiento por accidente o accidente de circulación.
  • Invalidez permanente por accidente o accidente de circulación.
  • Enfermedades graves.

Las coberturas pueden adaptarse según las necesidades del colectivo y estarán reguladas por lo establecido en las Condiciones Particulares de cada póliza.

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Fiscalidad 

La fiscalidad del seguro de vida colectivo depende de la contingencia cubierta:

  • Incapacidad permanente, rescate por enfermedad grave o desempleo de larga duración: tributan como rendimientos del trabajo, con retención de IRPF al beneficiario por parte de VidaCaixa.
  • Fallecimiento del asegurado: se tributa a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que deberán liquidar los herederos o beneficiarios designados.
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PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre tu seguro de vida colectivo

¿Tienes dudas sobre cómo funciona un seguro de vida colectivo? Aquí respondemos a las preguntas más comunes para ayudarte a entender sus beneficios, coberturas y la forma de gestionarlo desde Aporta+.

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  • ¿Qué es un seguro colectivo de riesgo de vida? 

    • Un seguro colectivo es una modalidad de seguro que se caracteriza por dar cobertura, mediante un solo contrato, a un colectivo de personas con intereses comunes o necesidades de protección similares.

      Nuestros seguros colectivos pueden ser contratados por una empresa (tomador) para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas con sus trabajadores (asegurados), ya que se pueden adaptar a las necesidades del tomador.

  • ¿Qué tipos de seguros de vida colectivos existen?

    • En VidaCaixa comercializamos seguros colectivos de vida y seguros colectivos de accidentes que, a su vez, pueden ser de compromisos por pensiones o de no compromisos por pensiones.

  • ¿Qué coberturas ofrecen los seguros colectivos de vida?

    • La cobertura principal para los seguros colectivos de vida es la de fallecimiento. Opcionalmente, se podrán contratar prestaciones adicionales para cubrir los siguientes riesgos:

      • Incapacidad/invalidez permanente, en cualquier grado
      • Fallecimiento por accidente
      • Incapacidad/invalidez permanente por accidente, en cualquier grado
      • Fallecimiento por accidente de circulación
      • Incapacidad/invalidez permanente por accidente de circulación, en cualquier grado
      • Enfermedades graves

      Las garantías y coberturas específicas deberán estar en línea con los compromisos que tenga la empresa y, en cualquier caso, se regirán por lo establecido en las Condiciones Particulares de la póliza.

      Si eres asegurado en una póliza, en caso de duda sobre las coberturas o importes contratados por tu empresa, dirígete al departamento correspondiente en tu empresa.

  • ¿Cómo puedo consultar o designar a mis beneficiarios?

    • A través de tu Certificado Individual de Seguro que te dará tu empresa y que podrás descargar desde esta plataforma en formato PDF podrás saber quiénes son tus beneficiarios designados.

      Para designarlos es necesario comprobar la identidad del asegurado; es por ello que, en caso que tengas alguna duda al realizar las designaciones de beneficiarios de tu póliza, te dirijas a tu departamento de RRHH(*).

      (*) Estamos trabajando para que, en un futuro, puedas realizar dicha designación a través de esta misma plataforma.

  • ¿Qué documentación se necesita para solicitar una prestación en caso de fallecimiento o incapacidad?

    • Dependerá de si se trata de fallecimiento o de incapacidad permanente. Por lo general, se requiere documentación de identidad, informes médicos o judiciales, y documentos acreditativos de beneficiarios y cuentas bancarias. A continuación, lo detallamos mejor:



      Prestación por fallecimiento:

      • En primer lugar, es necesario identificarse para confirmar que se es el beneficiario. Para ello, es necesario presentar el DNI y una fotocopia del mismo.
      • Certificado de defunción del asegurado.
      • El Certificado médico del asegurado que indique las causas de la defunción, en el que consten las patologías del asegurado, fecha del diagnóstico y evolución de la enfermedad o el accidente que causa el fallecimiento. 
      • El Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades.
      • Una copia del último Testamento, Acta Notarial de Declaración de Herederos o Auto Judicial de Declaración de Herederos.
      • La liquidación y carta de pago del impuesto de Sucesiones y Donaciones.
      • También es posible que necesites entregar la póliza de vida contratada.

      Además de estos documentos, será importante que el beneficiario demuestre la relación de parentesco que tenía con el asegurado. Para ello se necesitará:

      • El certificado de matrimonio (en el caso de ser el cónyuge)
      • El libro de familia (en el caso de que los beneficiarios sean los hijos)

      Prestación por incapacidad permanente:

      • La Resolución de la Seguridad Social u organismo competente en la que conste la fecha de efecto o sentencia judicial firme reconociendo la situación de incapacidad y el Dictamen propuesta del INSS.
      • El historial clínico o informe médico que indique las causas de la incapacidad, en el que consten las patologías del asegurado, fecha de diagnóstico y evolución. 
      • Para poder autorizar el pago de la prestación serán necesario:
      • Copia del DNI, vigente
      • Documentación acreditativa de la titularidad de la cuenta de cobro de la prestación

      Adicionalmente, se podrán solicitar la cantidad de documentos complementarios que se considere conveniente para valorar el pago de la indemnización

  • ¿Qué fiscalidad aplica a los seguros colectivos de vida riesgo?

    • La fiscalidad a aplicar dependerá de la contingencia que se esté cubriendo por el seguro.




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